NOSOTROS
Seguridad Eliar Ltda. NIT 900.228.853-0, es una empresa de vigilancia y segundad privada, de sociedad limitada, legalmente constituida y registrada ante cámara de comercio de Bogotá, regulada y vigilada por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada, que presta soluciones integrales de seguridad a entes residenciales y comerciales en modalidades de vigilancia fija y móvil, con y sin armas de fuego, medios tecnológicos, escolta de mercancías y personas al igual que el desarrollo de investigación, consultorías y asesorías en vigilancia y seguridad privada, elaboración de estudios de seguridad, gerencia de riesgos, análisis y evaluación de riesgos personales y profesionales.
Ser una empresa de seguridad privada líder y competitiva en el mercado, regida por normas de gestión internacionales, uso de la más alta tecnología y herramientas de trabajo, así como contribuyente a la mejora continua de la calidad de vida de sus trabajadores y aliados estratégicos.
En seguridad Eliar Ltda creemos fielmente que nuestros valores corporativos son pilares fundamentales para el fortalecimiento y crecimiento de la organización, los trabajadores de nuestra empresa se caracterizan por contar con los siguientes valores:
- Honestidad
- Lealtad
- Compromiso
- Tolerancia
- Responsabilidad
- Ética
- Respeto
- Liderazgo
- Eficiencia
- Calidad
- Seguridad Eliar Ltda., es una sociedad legalmente constituida por medio de escritura pública No. 0001874 de la notaría 4 de Bogotá D.C, debidamente registrada en la Cámara de Comercio bajo el No. 01227952 del libro IX., Matrícula Mercantil No. 01818321 del 14 de Julio de 2008.
- Licencia de funcionamiento con carácter Nacional del Ministerio de Defensa Nacional otorgada a través de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada bajo la resolución 001865 del 05 de Abril de 2011.
- Prorroga de la licencia de funcionamiento Otorgada a tráves de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada bajo la resolución 20224100063667 con servicio conexo de asesoría, consultoría e investigación de seguridad.
- Licencia de Ministerio de la Información y las Comunicaciones Resolución 03702 de 2021.
- Licencia de Vigilancia Fija , Móvil , Medios Tecnológicos y Escoltas expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
- Autorización para laborar horas extras, bajo Resolución 2759 de 2023.
Antes de instalar un servicio, nuestros analistas idóneos y certificados realizan un estudio de seguridad de cada puesto con el fin de identificar las vulnerabilidades y necesidades reales con el fin de dotar a nuestros clientes de tecnología de punta que refuerce los controles en seguridad y apoye nuestra labor.
Sistemas biométricos, controles de acceso, cámaras HD, alarmas, sensores de movimiento, monitoreo de cámaras sin costo adicional y más equipos electrónicos están a disposición de nuestros clientes como apoyo al dispositivo de seguridad contratado.
Miembros de ANDEVIP, Asociación de Empresas de Vigilancia Privada, que cuenta con el respaldo de más de 130 Empresas afiliadas a nivel Nacional.
- CEIS
- Militar Nueva Granada
- S.E: Frente de Seguridad Empresarial DIJIN e INTERPOL, Ministerio de Defensa Nacional Policía Nacional.
- Red de Apoyo de la Policía Nacional
¿REQUIERE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA?
No dude en contactarnos.
POLÍTICAS
SEGURIDAD ELIAR LTDA., presta los servicios de vigilancia y seguridad privada fija y móvil, con y sin arma, escolta a personas, vehículos y mercancías, y medios tecnológicos. Para ello contamos con el liderazgo y el compromiso de la Gerencia, en la asignación de recursos técnicos, financieros y un equipo humano competente y comprometido con:
Cumplir con todos los requisitos legales, y otras normas suscritas por la compañía.
Asegurar el cumplimiento de los compromisos pactados con los clientes, proveedores, empleados, contratistas y la comunidad, para lograr su satisfacción.
Minimizar y controlar los riegos laborales, accidentes e incidentes de trabajo, enfermedades profesionales, daños a terceros generados por las actividades propias de la operación.
Desarrollar un proceso de selección y contratación de personal competente, confiable y comprometido a fin de prestar eficazmente el servicio.
Promover la formación, sensibilización y participación, a través del desarrollo de planes de formación e información para todo el personal
Trabajar con todas las partes interesadas en la prevención de actividades ilícitas tales como narcotráfico, contrabando de mercancías, prácticas de terrorismo, lavado de activos y otras que atenten contra la integridad personal, la infraestructura, los recursos y la confidencialidad de la información.
Generar campañas para la prevención del consumo de alcohol, drogas y tabaquismo.
Mejorar continuamente nuestro Sistema Integral de Gestión.
Responsabilidad en todos los niveles por mantener un ambiente de trabajo sano y seguro.
Ejecutar acciones socialmente responsables con los grupos de interés externos e internos.
Con el cumplimiento de nuestra política propendemos por el bienestar de nuestra comunidad, nuestro entorno, creando constantemente excelentes relaciones con nuestros colaboradores, contratistas, proveedores y socios estratégicos, así como la satisfacción de nuestros clientes comerciales y la junta de socios, buscando la estabilidad económica de la compañía, su buen nombre y aceptación frente a la comunidad en general
Representante Legal.
- Cumplir con la normatividad nacional vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo
- Garantizar los recursos financieros, técnicos y humanos para el desarrollo del SST.
- Minimizar y controlar los riesgos laborales, accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Vigilar y monitorear el estado de salud de los trabajadores asociado con factores de riesgo ocupacional.
- Desarrollar un plan de capacitación y entrenamiento orientado a prevenir los peligros y riesgos propios de la actividad.
- Garantizar la participación de los colaboradores en el desarrollo de SST.
SEGURIDAD ELIAR LTDA. Ha establecido la presente política con el fin de prevenir entre sus trabajadores, contratistas y subcontratistas; el consumo de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas para preservar su salud, seguridad y bienestar, previniendo riesgos para su integridad y productividad.
Por lo anterior, la ALTA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD ELIAR LTDA, establece las siguientes disposiciones:
Prohibido el consumo de alcohol y sustancias psicoactivas durante la jornada laboral y en todos los lugares de trabajo.
Prohibir el ingreso de personal a todos los puestos de trabajo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas o alucinógenas.
Prohibir la venta o tenencia de alcohol y sustancias psicoactivas durante la jornada laboral y en todos los puestos de trabajo.
La empresa podrá realizar pruebas de alcohol y sustancias psicoactivas, directamente o a través de terceros, en cualquier momento o cuando existan razones para sospechar de abuso y/o consumo de las mismas por parte de un trabajador.
No se permite fumar en las oficinas o instalaciones cerradas de la organización, así como en las áreas donde haya riesgo de incendio o explosión. En SEGURIDAD ELIAR Y EN LOS PUESTOS DE TRABAJO se respira un ambiente libre de humo de tabaco.
Implementar actividades para el fomento de estilos de vida saludables y la prevención en torno al consumo de tabaco, alcohol y sustancias psicoactivas.
Las anteriores disposiciones se encuentran enmarcadas dentro de lo establecido en el Reglamento interno de Trabajo (Art.49, Ítem e) y por lo tanto, ante su incumplimiento, se aplicarán las sanciones respectivas.
La Alta Dirección de la empresa velará por el cumplimiento a lo establecido en este documento, y será de aplicación por parte de todos los trabajadores de Seguridad Eliar Ltda.
Es compromiso de SEGURIDAD ELIAR LTDA., Establecer acciones de prevención de incidentes y promoción de la seguridad en vías públicas y en instalaciones de clientes, por lo tanto esta política establece los siguientes lineamientos:
Autorización de conductores
Los vehículos al servicio de SEGURIDAD ELIAR LTDA, pueden ser solamente conducidos por personal autorizado. Se autoriza únicamente a quienes cumplan con los requisitos de ley y/o contractuales para tal actividad.
Uso del Cinturón de seguridad
Todo empleado debe tener puesto el cinturón de seguridad siempre que conduzca un vehículo por corto que sea el trayecto y es responsable por que cada uno de los ocupantes del vehículo lo usen de manera apropiada, segura y en todo momento.
Uso de Teléfonos Celulares
Está prohibido el uso de teléfonos celulares inclusive si se cuenta con dispositivos manos libres mientras se conduce. Para poder recibir o realizar una llamada debe estacionarse completamente el vehículo de manera apropiada y en un lugar seguro.
Límites de Velocidad
Carretera nacional: 80 km/h.
Carretera municipal: 40 km/h.
Vía Veredal sin Pavimentar: 30 km/h
Vías de acceso en instalaciones del cliente: 20 km/h.
Locaciones: 10 km/h.
Traslado de personal
Únicamente se realizara el traslado de personal autorizado y en la cantidad para la cual el vehículo fue diseñado.
Todos los empleados y partes interesadas deben sujetarse a esta política y a la regulación de tránsito colombiana.
El incumplimiento de esta Política, dará lugar a acciones disciplinarias.
Arvey Gómez
Representante Legal
SEGURIDAD ELIAR LTDA, comprometido con el cuidado del ambiente, y dando cumplimiento a los requisitos legales y contractuales establece de acuerdo con sus procesos la realización de actividades enfocadas a la protección del medio ambiente, minimización de riesgos de todas las partes interesadas, respecto al uso sostenible en el desarrollo de los servicios de vigilancia y seguridad privada en las modalidades autorizadas, y así generar una mejora continua para el desempeño ambiental.
Arvey Gómez
Representante Legal
Fecha de Revisión y Aprobación: 20 de mayo de 2020
La Empresa se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguran una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108. 205, 206, 217, 220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9ª. De 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 2026 de 1989, Resolución 1016 de 1989, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1295 de 1994, ley 776 de 2002, Ley 1562 de 2012, Ley 1616 de 2013, Decreto 1771 de 1994, y demás normas que con tal fin se establezcan.
La Empresa se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo, de conformidad con lo establecido en el Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Decreto 1295 de 1994 y Resolución 1016 de 1989, Ley 1562 de 2012.
La Empresa se compromete a destinar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes de Salud Ocupacional de conformidad con el Sistema de Gestión Seguridad y Salud en el trabajo, (elaborado de acuerdo Decreto 1443 de 2014 hoy compilado en el decreto 1072 de 2015 decreto único reglamentario del sector trabajo, en el libro 2, parte 2, titulo 4, capitulo 6). El cual consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoria y las acciones de mejora con el objeto de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo, el cual contempla como mínimo los siguientes aspectos:
- Subprograma de medicina preventiva y del trabajo, orientado a promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores, en todos los oficios, prevenir cualquier daño a su salud, ocasionado por las condiciones de trabajo, protegerlos en su empleo de los riesgos generados por la presencia de agentes y procedimientos nocivos, colocar y mantener al trabajador en una actividad acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicosociales.
- Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, dirigido a establecer las mejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientos que conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgos que se originen en los lugares de trabajo o que puedan ser causa de enfermedad, disconfort o accidente.
Los riesgos existentes en la empresa, están constituidos principalmente por:
1. Riesgos Físicos:
- Iluminación
- Vibraciones
- Ruido
2. Riesgos Químicos:
- Líquidos
- Material particulado
- Gases y Vapores (Monóxido de Carbono)
3. Riesgos Condiciones de Seguridad:
- Mecánico ( Manejo de armas letales y no letales)
- Eléctrico
- Locativo
- Tecnológico
- Accidentes de Tránsito
- Públicos
4. Riesgos Biológicos:
- Microorganismos: Virus, Hongos, Bacterias.
- Sustancias animales y vegetales
- Parásitos
- Mordedura de animales
- Excreciones y secreciones humanas
5. Riesgos Biomecánicos:
- Posturas prolongadas e inadecuadas
- Esfuerzo
- Movimiento repetitivo
- Manipulación manual de cargas
- Diseño de puesto de trabajo
6. Riesgos Psicosociales:
- Gestión Organizacional
- Condiciones de la Tarea
- Características de la organización del trabajo
- Características del grupo social del trabajo
- Interface persona
- Jornada de trabajo (Turnos Nocturnos)
A efecto que los riesgos contemplados en el presente artículo, no se traduzcan en accidente de trabajo o enfermedad laboral, la empresa ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el Programa de Salud Ocupacional (Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo) de la empresa, el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella.
La Empresa y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implantación de las actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial, que sean concordantes con el presente Reglamento con el Programa de Salud Ocupacional (Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo) de la empresa.
La Empresa ha implantado un proceso de inducción del trabajador a las actividades que debe desempeñar, capacitándolo respecto a las medidas de prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a realizar.
Este reglamento permanecerá publicado, en por lo menos dos lugares visibles de los locales de trabajo, cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso y a todas las partes interesadas.
El presente reglamento tendrá vigencia durante el tiempo que la empresa conserve sin cambios sustanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación tales como actividad económica, métodos de producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia.
Bogotá D.C, fecha 27 de Octubre de 2016.
Arvey Gómez
Representante Legal